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#AURAPOLÍTICA , la creación de las leyes

Foto del escritor: Guillermo  Flores Guillermo Flores

La creación de las leyes, el proceso legislativo, la Cámara de origen y la Cámara revisora. ¿Cuál es el proceso y qué pasa si se rechazan las iniciativas?

El tema de hoy es sobre el proceso legislativo, ya que, según el Senado de la República, es gracias a él que se pueden crear las leyes a través del conjunto de actos y procedimientos que se realizan. La cuestionante es, ¿cuál es ese proceso? y ¿todas las propuestas legislativas se convierten en ley?

La respuesta a esta última pregunta es no, ya que de acuerdo al artículo 71o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), no todas las iniciativas se convierten en ley, ya que primero deben ser revisadas, aprobadas o en su caso rechazadas.

Ahora bien, el proceso de para la formación de las leyes inicia desde que se presenta la iniciativa de ley a la Cámara de Diputados o a la Cámara de Senadores y como dato adicional, a la que se presente primero le llamaremos Cámara de origen. Ejemplo de esto, es que si la iniciativa de ley llega primero a la Cámara de Diputados, esta será llamada Cámara de origen y posteriormente pasará a la Cámara de Senadores que será la Cámara revisora.

Sin embargo, la única excepción es que si los temas a tratar son proyectos de empréstitos, contribuciones, impuestos o reclutamiento de tropas, serán revisados y discutidos primero en la Cámara de Diputados.

Posteriormente, en caso de que la Cámara de origen apruebe o modifique la iniciativa de ley, en un plazo máximo de treinta días naturales, el proyecto de ley pasará de inmediato a la Cámara revisora la cual deberá discutirlo y aprobarlo en el mismo plazo.

¿Y qué sigue?

Dice el artículo 72o de la Constitución, que una vez que se aprueba la ley en la Cámara de origen, si es que se aprueba, pasa a la revisora, y si esta la aprueba de nueva cuenta, será el Ejecutivo quien ahora sea quien la apruebe y de ser así, ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a menos que tuviera observaciones. Si el ejecutivo no presenta dentro de los treinta días naturales después de que recibe la iniciativa observaciones o modificaciones también se tiene que publicar.

¿Y qué pasa con las leyes que se rechazan?

Cualquier proyecto de ley desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto con observaciones a la Cámara de origen y deberá ser discutido de nuevo. Una vez realizado este proceso y si es que dos terceras partes del número total de votos lo confirman, pasará de nuevo a la Cámara revisora.

En resumen, los pasos del proceso legislativo son; presentación de iniciativa, dictamen, discusión, votación, revisión y promulgación, pero si quieres conocer más a profundidad sobre este tema, puedes revisar los artículos que te menciono de la CPEUM o bien en el libro el Procedimiento legislativo federal mexicano de Fernando Ortiz Arana.

Cada viernes te estaremos presentando terminología y otros temas para que conozcas y te adentres en el mundo político.

¿Qué te gustaría leer la próxima semana?

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