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Foto del escritorGuillermo Flores

No procede la reelección de alcaldes en Coahuila

De manera oficial el Instituto Electoral de Coahuila, negó la reelección del alcalde Julio Iván Long Hernández, del municipio de San Juan de Sabinas en las elecciones del próximo junio en 2021.

Con seis votos en contra y uno a favor, del consejero Juan Carlos Cisneros Ruiz, el Consejo General del IEC determinó que no es posible legalmente buscar una segunda reelección.

“No resulta procedente la elección consecutiva de aquellas personas que resultaron electas de manera sucesiva para ocupar el mismo cargo en los ayuntamientos de la entidad durante el proceso electoral local ordinario 2016-2017 y en el proceso electoral local ordinario 2017-2018” – Francisco Javier Torres, secretario ejecutivo del IEC.

Por su parte, el consejero Cisneros Ruiz señaló su desacuerdo con el sentido del acuerdo presentado.

“Desde mi punto de vista, debería de dársele respuesta positiva a la consulta formulada para que una vez colmados los demás requisitos normativos, el peticionario pueda participar en el proceso electoral 2021 para un tercer periodo en el cargo que actualmente ostenta como presidente municipal, estimando que este criterio debe ser válido por esta única ocasión” – Juan Carlos Cisneros Ruiz, el Consejo General del IEC

Por su parte, Gabriela de León, presidenta del IEC, aseguró que dicha restricción va más allá de una normativa impuesta por el instituto, pues es un lineamiento de la Constitución.

Aunque fue Long Hernández quien consultó al IEC sobre si podía buscar la segunda reelección, la primera respuesta también fue impugnada por dos alcaldes más: Alfredo Paredes, de Monclova; y Cuauhtémoc Rodríguez, de Sabinas; además de dos regidores, dos presidentes de comités municipales del PAN y dos partidos políticos.

Ahora, quienes decidan impugnar esta segunda respuesta, tendrán tres días, a partir del día siguiente en que sean notificados, para iniciar un nuevo juicio, buscando revertir la decisión del IEC.

El procedimiento, que podría ser un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, deberá hacerse ante el IEC y éste debe darle parte al Tribunal Electoral.

INFORMACIÓN: Vanguardia

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